Blasa la Letrada

La Letrada con su hija Blasa


Los socialistas y republicanos ganaron las elecciones el 12 de abril de 1931, lo que condujo al rey Alfonso XIII a renunciar, se proclamó así la Segunda República el 14 de abril. Durante esta etapa se produjeron cambios de gran relevancia, puesto que la mujer obtuvo acceso a los sectores hasta entonces vetados, como el cultural, el político, el social o el laboral (Estarlich 2018, 95)[1]. En el plano legal, se dieron una serie de reformulaciones que otorgaron a la mujer numerosos derechos. La Constitución de 1931 recoge por primera vez la igualdad ante la ley: “No podrán ser fundamento de privilegio jurídico: la naturaleza, la filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas ni las creencias religiosas. El Estado no reconoce distinciones y títulos nobiliarios” (Capítulo I, art. 25)[2]. Asimismo, la Constitución favoreció la situación de igualdad entre hombres y mujeres cuando precisó que “los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes” (Capítulo I, art. 36). Hasta entonces, bajo el decreto discriminatorio del 12 de abril de 1924, solo aquellas mujeres solteras y viudas, mayores de edad, podían votar, dado que las casadas quedaban excluidas para evitar discordias en el seno familiar. También se trató de eliminar la desigualdad en puestos oficiales.
Los trabajadores, incluidas mujeres, por supuesto, iniciaron revueltas y huelgas con el fin de conseguir unas condiciones mejores, como subidas salariales o mejoras de condiciones. Los sindicatos obreros pronto comprendieron la necesidad de incorporar mujeres en sus grupos y su lucha. En este contexto, podría enmarcarse la figura de Blasa Jiménez Chaparro (1889-1940), que formó parte de la primera generación de mujeres que participaba en política.
Era conocida como Blasa la Letrada por ser una de las pocas mujeres alfabetizadas en su pueblo; además, ayudaba a los vecinos de su pueblo a aprender a leer y escribir. Se involucró activamente en el ámbito político. Sus comienzos se sitúan en la Casa del Pueblo de Alhambra (Ciudad Real), su pueblo, incluso llegó a ser interventora del PSOE durante las elecciones de 1936. Fue máxima dirigente del Partido Comunista de su pueblo en 1938 y, este mismo año, la nombraron consejera de la Corporación Municipal de Alhambra. Es más, consiguió ser representante del Comité Local del Socorro Rojo Internacional. En junio de 1938 fue nombrada alcaldesa de Alhambra, así pasó a la historia como la primera mujer en ser alcaldesa en el mundo rural, pero ese mismo año abandonó la alcaldía y, un año después, se fue del Partido Comunista.
Carta que Blasa escribió a su nieta
desde la cárcel de Amorebieta
Las autoridades franquistas de Alhambra detuvieron a Blasa días antes de terminar la Guerra Civil y la encarcelaron en la prisión de Villanueva de los Infantes (Ciudad Real). La principal acusación fue relativa a su activismo y militancia política, aunque también se fundamentaron en un sinfín de falacias muy distintas de la realidad. Al principio se condenó a la Letrada a muerte, pero quedó en una pena de 30 años de cárcel. Estuvo en la prisión femenina de Amorebieta (Vizcaya), donde sobrevivió en condiciones insalubres y sufrió terribles torturas, como la gota china, la mutilación de los pezones y vejaciones. Se cree que falleció diez meses después en prisión, pero no se sabe a ciencia cierta, ya que su cuerpo nunca se encontró. Mientras cumplía su condena, ejecutaron a su marido y a uno de sus hijos, y otros dos también fueron encarcelados.
Sin lugar a duda, fue una mujer comprometida y combativa. Ha de recordarse por ser una de las primeras mujeres en ser alcaldesa en el ámbito rural, así como personalidad atrevida en el contexto en el que le tocó vivir.






[1] Estarlich Martorell, M. (2018). “La mujer en los años de la II República: una lectura propia”. En La razón histórica, n.º 39, Instituto de Política social.
[2] ‒ (1931). Constitución de la República Española [en línea]. Disponible en: <http://www.congreso.es/docu/constituciones/1931/1931_cd.pdf> [Consulta: 24/10/2019]

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